Dentro de pocos días, nuestra CONSTITUCIÓN cumplirá 44 años de vigencia. Durante este tiempo, algunos de los artículos que se recogen en este texto han sufrido modificaciones para adaptarse a los cambios sociales y las nuevas necesidades de los españoles y los extranjeros que residen/visitan nuestro país.
En RAMONA DODU ABOGADOS queremos hacer honor a la fecha, y repasar algunos de los artículos más relevantes o peculiares de nuestra ley máxima.
ARTÍCULO 14.
“Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social”.
ARTÍCULO 18.
“Se garantiza el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen. 2. El domicilio es inviolable. Ninguna entrada o registro podrá hacerse en él sin consentimiento del titular o resolución judicial, salvo en caso de flagrante delito”.
ARTÍCULO 20.
“Se reconocen y protegen los derechos: a) A expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción. b) A la producción y creación literaria, artística, científica y técnica. c) A la libertad de cátedra”.
ARTÍCULO 23.
“Los ciudadanos tienen el derecho a participar en los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes, libremente elegidos en elecciones periódicas por sufragio universal.”
En la JERARQUÍA NORMATIVA, la CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA es la norma máxima, y ningún otro ordenamiento, decreto ley o reglamento público o privado puede ir en contra de sus principios dentro del territorio nacional.
Conocer nuestros DERECHOS Y OBLIGACIONES nos ayuda a valorar un ordenamiento jurídico en el que las libertades individuales y colectivas están siempre presentes. Estamos habituados a ello… pero existen muchos países en el mundo donde estos derechos no se contemplan entre todos sus ciudadanos.
(Continúa la semana próxima)
Ramona Dodu Abogados
“La TRANQUILIDAD de una buena DEFENSA”.