El REAL DERCRETO 14/2022 incorpora NOVEDADES PARA AUTÓNOMOS y establece un nuevo sistema de cotización para los trabajadores por cuenta propia o autónomos, mejorando la protección por cese de actividad, sistema que entra en vigor a partir del 1 de enero de 2023.
Por un lado, los AUTÓNOMOS que integran una actividad por cuenta ajena y otra actividad laboral por cuenta propia, y deciden finalizar ésta última, tendrán derecho a la percepción de una prestación por desempleo, siempre y cuando los dos importes (prestación + sueldo) en los cuatro meses inmediatos anteriores no superen el SALARIO MÍNIMO INTERPROFESIONAL.
En este REAL DECREO de nuevo se modifican los art. 38 (bonificación de cuotas para trabajadores autónomos durante el descanso por nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción, acogimiento, riesgo durante el embarazo o riesgo durante la lactancia natural), el art. 38 bis (bonificación a las trabajadoras autónomas que se reincorporen al trabajo en determinados supuestos) y el art. 38 ter (Reducciones en la cotización a la Seguridad Social aplicables por inicio de una actividad por cuenta propia).
Respecto a las NOVEDADES PARA AUTÓNOMOS, con la nueva redacción de la disposición transitoria 5ª RDL 13/2022, los autónomos que inicien una actividad y tengan un grado de discapacidad igual o superior al 33 %, o sean víctimas de violencia de género o víctimas de terrorismo, los cuales reciben la cuota reducida de 80 euros durante 24 meses naturales completos y de 36 meses naturales completos, respetivamente, la cuantía de la cuota reducida será, entre los años 2023 y 2025, de 80 euros mensuales hasta la finalización de los primeros veinticuatro meses naturales completos, y de 160 euros a partir del mes 25º.
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“LA TRANQUILIDAD DE UNA BUENA DEFENSA”