Destinatarios

Podrás ser beneficiario/a de estas ayudas si eres menor de 30 años (inclusive) y, en la fecha de presentación de la solicitud, te encuentres en alguna de las siguientes situaciones:

  • Eres gestante desde la semana 21 de gestación, a partir de 1 de enero de 2022.
  • Eres madre que ha tenido un hijo o más hijos en caso de parto múltiple, a partir de 1 de enero de 2022.
  • Has adoptado un menor, a partir de 1 de enero de 2022.

Requisitos

Deberás reunir en el momento de la presentación de la solicitud los siguientes requisitos:

  1. Ser español/a o extranjera/o con residencia legal en España, siempre que cumplas con los requisitos establecidos en la presente norma.
  2. Tener 30 años o menos.
  3. Residir y estar empadronado de forma ininterrumpida en la Comunidad de Madrid durante al menos los 10 años inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud y mantener tu residencia en la Comunidad de Madrid durante la percepción de las ayudas. Se tendrán en cuenta todos los municipios de la Comunidad de Madrid en los que la persona solicitante hubiera estado empadronada.
  4. No superar los 30.000 euros anuales de renta en tributación individual o los 36.200 euros anuales de renta en tributación conjunta para toda la unidad familiar en la declaración del IRPF del último período impositivo con plazo de presentación vencido en el momento de presentación de la solicitud de la ayuda. A estos efectos, el concepto de unidad familiar es el que define la normativa aplicable al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
  5. No estar incurso en alguna de las prohibiciones de recibir ayudas según las normas establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

Documentos que se aportan junto a la solicitud:

  • DNI/NIE o tarjeta residente o solicitud de renovación
  • Empadronamiento histórico y actual de residencia
  • Certificación registral individual o copia del libro de familia si este ha sido expedido con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil, donde conste el nacimiento de los hijos/as o, en su defecto, copia de los certificados de nacimiento, o en caso de adopción, certificado de inscripción de la adopción en el Registro Civil. –
  • Informe médico acreditativo de que la gestante ha iniciado la semana 21 de gestación en la fecha de presentación de la solicitud, así como de la fecha previsible del parto.
  • Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del ejercicio inmediatamente anterior a la fecha de presentación de solicitudes o certificado de exención
  • Declaración responsable firmada por el solicitante o por su representante acreditado en la que se haga constar que el solicitante no concurre ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. (Anexo 2).
  • Otros: documentación acreditativa de la adopción, certificado de defunción de la madre, documentación acreditativa de la perdida de la patria potestad etc.

Presentación de solicitudes

En RAMONA DODU ABOGADOS contamos con los medios digitales necesarios para presentar tu solicitud ante la administración. Tú sólo tienes que traernos toda la documentación, y nosotros realizaremos todo el trámite en tu nombre, así como del seguimiento de tu solicitud.

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